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Pago Aguinaldo Grupo 1

Cámara Industrial de Alimentos

El día 4 de diciembre de 2014 se firmó el acuerdo en el Consejo de Salarios, por el aguinaldo complementario en lo que tiene que ver con aquellos trabajadores que ingresan con posterioridad al 1º de junio de cada año, los que percibirán un 50% del aguinaldo legal.

Se deberá abonar a los trabajadores ingresados después del 1º de junio de 2013 que aún permanezcan en la empresa a la fecha de la firma del acuerdo, para lo cual hay plazo hasta el 28 de febrero de 2015.

A partir del 2014 se pagará conjuntamente con el aguinaldo legal.
En caso de egreso para tener derecho al aguinaldo complementario, el trabajar deberá estar activo al 30 de noviembre.
Se Adjunta Acta de acuerdo correspondiente